25 abril, 2024

Por decreto, limitan la compra de dólares y las transferencias al exterior

Por decreto, limitan la compra de dólares y las transferencias al exterior

Este domingo el Gobierno publicó un decreto que limita el acceso a las divisas, presiona a los exportadores para liquidarlas y habilita el pago de impuestos con bonos. Las personas físicas tendrán un tope mensual de US$ 10.000 para la compra de divisas a partir de mañana. La compra de divisas y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central.

Por otro lado, el Gobierno aclaró que no habrá feriado bancario y el horario de atención público de los bancos se extenderá hasta las 17.

El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri, indicaron fuentes oficiales.

El decreto dispone que hasta el 31 de diciembre próximo el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central.

La autoridad monetaria, además, establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa.

Lo hará con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas.

El decreto faculta al Banco Central a establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esa medida.

Dispone, además, que los tenedores de los títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida podrán darlos en pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

Esas obligaciones incluyen aportes y contribuciones con destino al Sistema Previsional, al PAMI, al Régimen de Asignaciones Familiares y al Fondo Nacional de Empleo.

Con permiso del BCRA

El Banco Central avisó a los bancos que deberán pedirle autorización antes de poder girar utilidades a sus casas matrices a sus accionistas.

La intención del Central es que los dólares que están en poder de las entidades financieras sirvan para hacer frente sin problemas a los retiros de depósitos de los ahorristas, y no para que sean girados al exterior.

Esto afecta a entidades extranjeras que quieran girar utilidades a sus casas matrices pero también a nacionales cuyas acciones cotizan en el exterior, en este caso pagando dividendos.

“No es cepo ni corralito, es una medida para garantizar que los dólares estén cuando los vayan a buscar los ahorristas”, subrayaron en el BCRA.

Es un esfuerzo más para frenar la caída de las reservas, que en agosto ya ronda los 12.000 millones de dólares.

“Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución: “- Disponer, con vigencia 30.8.19, que las entidades financieras deberán contar con la autorización previa del Banco Central de la República Argentina para la distribución de sus resultados.

En dicho proceso de autorización, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias tendrá en cuenta, entre otros elementos, los potenciales efectos de la aplicación de las normas internacionales de contabilidad según Comunicación “A” 6430 (Punto 5.5. de NIIF 9 – Deterioro de valor de activos financieros) y de la reexpresión de estados financieros prevista por la Comunicación “A” 6651.

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