26 abril, 2024

LAS FLORES: LÍNEA DE CRÉDITO A TASA 0 % PARA MONOTRIBUTISTAS Y AUTÓNOMOS

LAS FLORES: LÍNEA DE CRÉDITO A TASA 0 % PARA MONOTRIBUTISTAS Y AUTÓNOMOS

La Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable informa que se encuentra abierta la inscripción para acceder a los créditos a tasa 0 % para monotribustistas y autónomos mediante decreto 376/2020 dispuesto por el Gobierno Nacional.

El objetivo fundamental de ésta nueva línea de créditos implica reforzar las ayudas económicas dispuestas por el gobierno frente a la emergencia sanitaria y económica por COVID 19.

En este marco, las nuevas medidas están destinadas a actividades, empresas y trabajadores independientes que continúan siendo afectados por las medidas de distanciamiento social.

Los requisitos para obtener el crédito son:
•El monto solicitado no podrá superar los 150.000 pesos, es decir, igual al 25% de la facturación anual de la categoría en la que se encuentra inscripto el monotributista
•Se realizarán cruces de datos en cuanto a los ahorros bancarios y de patrimonio
•El solicitante no podrá tener ingresos como empleado en relación de dependencia
•No podrán comprar dólares en blanco
•Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen y no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE.
•Contar con Clave Fiscal Nivel 2 o superior

Para iniciar el trámite los interesados deberán:
•Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”. (Ingresar en «Mis Servicios» y agregar servicio «Créditos a Tasa Cero» usando el cuadro de búsqueda)
•cargar el CUIT
•El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.
•Ingresar el importe del crédito que solicita.
•Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
•En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
•AFIP verificará parámetros del interesado
•En caso de que la respuesta sea afirmativa deberá informar la Clave Bancaria Uniforme (CBU)
•En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.
•Si la solicitud es aprobada AFIP designará el Banco para continuar el trámite
•El cliente se deberá comunicar con la entidad financiera para así activar el crédito.

Efectuado el otorgamiento del crédito por parte de la entidad bancaria, ésta adicionará, a cada una de las cuotas de desembolso, el monto equivalente a las obligaciones de tres (3) períodos fiscales consecutivos -3 cuotas-.

La entidad bancaria realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en nombre del contribuyente.

Aquellos sujetos adheridos al débito automático deberán solicitar un stop debit por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

Montos máximos

AFIP dispuso que el monto máximo del crédito a tasa cero para la Categoría A, será de $52.184; para la Categoría B será de $78.277; a la Categoría C, en tanto, le correspondería un máximo de $104.307, y las demás categorías de la D a la K podrán solicitar hasta $150.000.

El tiempo límite establecido para solicitar el crédito es hasta el viernes 29 de mayo inclusive.

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